lunes, 26 de julio de 2010

DERECHOS DE LA MUJER EN LAS SOCIEDAD VENEZOLANA.-


En los inicios de la historia de Venezuela, la sociedad venezolana era una sociedad PATRIARCAL, en la que la mujer se encontraba subordinada a la voluntad del género masculino, fenómeno este que se suscitaba en todas las culturas del planeta.

La conquista por el voto, el acceso a la educación, al trabajo remunerado, y la demanda de leyes no discriminatorias, constituyeron hitos en el proceso que aún vivimos para impulsar las transformaciones sociales, políticas, económicas y en general de todo orden, conducentes a la igualdad de derechos que superen las discriminaciones y desigualdades que aún persisten entre hombres y mujeres.

A partir de 1928, fecha en que se funda la primera asociación de mujeres (Sociedad Patriótica de Mujeres Venezolanas) se producen una serie de hechos: la lucha de las mujeres contra la dictadura de Juan Vicente Gómez (1936), la participación en las reformas del Código Civil (1942), la conquista del derecho al voto (1945) y la aprobación de una Constitución que consolidó estos logros (1947), todos los cuales muestran los frutos de las dos primeras décadas de reivindicaciones por los derechos de las mujeres.

Las sociedades han tenido avances tecnológicos, progresos sustanciales en sus culturas y todas las culturas van evolucionando de conformidad con los nuevos tiempos, así pues, los años 50 se dedican a la lucha contra la dictadura de Pérez Jiménez, la búsqueda de la libertad y de la democracia signan ese período. Los años 60 y 70, son la época de la creación de los comités de defensa por los derechos de las mujeres, ejemplificado en 1978 con la creación del Ministerio para la Participación de la Mujer en el Desarrollo.

En el mismo orden de ideas cabe destacar que en 1982 fue sancionada como Ley nacional por el Congreso de la República de Venezuela la Ley Aprobatoria de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, en 1987 se creó el Ministerio de la Familia y en 1989 se conformó el Ministerio de Estado para la Promoción de la Mujer. En 1991 se da la Reforma de la Ley Orgánica del Trabajo que dedica el Título VI “ De la Protección Laboral de la Maternidad y la Familia” a importantes derechos de la mujer trabajadora, como el fuero maternal. En 1992 se decretó la creación del Consejo Nacional de la Mujer, convertido hoy desde 1999 en Instituto Nacional de la Mujer. Durante 1993 se aprobó la Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer, la cual regula el ejercicio de los derechos y garantías necesarias para lograr la igualdad de oportunidades para la mujer.

Dicha Ley consagra en su articulado otras reivindicaciones que representan justas aspiraciones del movimiento de mujeres en Venezuela, tales como la igualdad de oportunidades en el empleo, en los derechos políticos y económicos y consideraciones en apoyo de la mujer rural para su incorporación en organizaciones comunitarias, igualmente a las artesanas, pequeñas y medianas empresarias. Esta ley es un esfuerzo más de las mujeres venezolanas por lograr unas relaciones sociales de equidad entre el hombre y la mujer. El Instituto Nacional de la Mujer, como órgano rector de las políticas de género en todas las instancias gubernamentales, siendo todo ello un logro de trascendente significación en las conquistas de nuestros derechos, en ese sentido se suma también la creación de la Defensoría Nacional de los Derechos de la Mujer.

En 1999 entra en vigencia la Ley Contra la Violencia hacia la Mujer y la Familia. Esta Ley permite prevenir y sancionar todo tipo de violencia contra los principales grupos víctimas de la misma, la mujer y la familia, además, asegurar la atención y el apoyo a las víctimas de violencia doméstica, violación, acoso sexual e incesto, y garantizar el adecuado registro estadístico de los casos de abuso infantil y violencia contra la mujer y la niña.
De esta manera, podemos apreciar clara e indubitablemente que la mujer venezolana ha sido una incansable luchadora a favor de ganar espacios en cuanto a los derechos de igualdad para superar de esta manera las discriminaciones, exclusiones y agresiones.

En ese sentido podemos observar que, la Constitución del 99 establece desde su preámbulo, el principio de igualdad sin discriminación alguna. Desde esta perspectiva se hace imperativo tomar en cuenta las diferencias y demandas que presentan mujeres y hombres, a los fines de implementar acciones que aseguren la igualdad de oportunidades para la calidad de vida de todas y todos

Así pues, percibimos que Las mujeres en Venezuela, ciertamente han avanzado mucho en la eliminación de la legislación discriminatoria contra la mujer, pero esta igualdad formal no se ha traducido necesariamente en igualdad real, por lo que la mayoría de ellas continúan sufriendo discriminación y subordinación, vulnerando de esta manera los derechos humanos.

Con la Ley orgánica de los derechos de las mujeres para la igualdad y equidad de género, andamos en la búsqueda de una igualdad real y efectiva para el logro de la superación de las desigualdades aún existentes entre hombres y mujeres, y el empoderamiento de las mujeres en todos los espacios de la sociedad. El objeto de esta ley es regular los derechos y las garantías constitucionales que protegen a la mujer venezolana, conforme a los tratados y convenciones internacionales suscritos por la República Bolivariana de Venezuela, garantizando el cumplimiento del principio de igualdad en la diferencia entre hombres y mujeres.

La ley persigue brindarle protección y reivindicación social a las mujeres sin distinción alguna.

Con el devenir del tiempo, la sociedad venezolana pasó de ser PATRIARCAL a MATRIARCAL, todo lo cual ha suscitado luchas por partes de las mujeres para verse reivindicada en sus derechos y que el Estado haga reconocimiento de ellos, de manera de promover así los espacios para la participación social de la mujer en todos los ámbitos de la vida social.

Elaborado por: Hanna Hernández Lárez, Asesor
Autor: Hanna Hernández Lárez

U.C.V. (Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas – Escuela de Derecho)
U.S.M. (Especialización en Gestion Portuaria y Comercio Exterior)
U.C. (Diplomado en Aduanas y Comercio Exterior)
Asesor de Inversión & Corredor de Bolsas-Finanmarkets Consultores C.A.
Mercados Internacionales -Finanmarkets Consultores C.A.

24jul10

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